Tres notas del pensamiento de San John Henry Newman
El 31 de julio, el Papa León XIV confirmó el dictamen favorable del Dicasterio para las Causas de los Santos sobre el título de Doctor de la Iglesia universal que se conferirá a San John Henry Newman (1801-1890).
Durante el Concilio Vaticano II se hizo referencia a Newman, junto con el filósofo y teólogo Antonio Rosmini (1797-1855), como inspirador y «padre ausente» del Concilio.
A este respecto, el filósofo católico Jean Guitton (1901-1999) había escrito: «Los grandes genios son profetas siempre dispuestos a iluminar los grandes acontecimientos, los cuales, a su vez, arrojan sobre los grandes genios una luz retrospectiva que les confiere un carácter profético. Es como la relación que existe entre Isaías y la pasión de Cristo, que se iluminan mutuamente: así, Newman ilumina con su presencia el Concilio y el Concilio justifica a Newman».
Hay al menos como tres espacios conciliares en los que fue grande la influencia del pensamiento de John Henry Newman.
El primero se refiere al concepto de libertad y al primado de la conciencia, el segundo a la definición de la posición del laicado y su función en la Iglesia, y el tercero al retorno del estudio teológico y la catequesis a la Biblia y a los Padres de la Iglesia.
En cuanto a la relación entre conciencia y libertad me gusta recordar cómo John Henry Newman lo había expuesto en la famosa «Carta al duque de Norfolk», donde afirmaba que la conciencia no era el derecho a actuar a voluntad propia, sino la mensajera de Aquel que, tanto en el mundo de la naturaleza como en el de la gracia, nos habla tras un velo y nos instruye y gobierna por medio de sus representantes.
La conciencia —sostenía John Henry Newman— es el vicario original de Cristo. Y añadía: «Por temor a ser malinterpretado, debo repetir que cuando hablo de conciencia, me refiero a la conciencia entendida en su verdadero significado. Para tener derecho a oponerse a la autoridad suprema, aunque no infalible, del Papa, debe ser algo mucho mayor que esa infeliz falsificación que ahora se entiende popularmente».
En cuanto a los laicos, me gusta recordar que ya en su ensayo histórico sobre el arrianismo, John Henry Newman había puesto de relieve cómo, frente al emperador y a la mayoría de los Obispos que habían adherido a la tesis de Arrio o que guardaban silencio, fueron los laicos, los simples fieles, los que mantuvieron firme la fe recta y permanecieron en la ortodoxia, asegurando con ello la fidelidad a la Iglesia.
En su «Sobre la consulta de los fieles laicos en materia de fe» John Henry Newman explicaba cómo el Pueblo de Dios, todo el Pueblo de Dios y, por tanto, también los laicos, es sujeto de infalibilidad y cómo no solo es lícito, sino también obligatorio, escuchar a los laicos en materia de fe.
Pasando al tercer espacio conciliar, la original doctrina de John Henry Newman sobre el desarrollo del dogma había puesto de relieve que la historia, la historia del hombre, en la que se ha manifestado la Revelación y se desarrolla la Historia de su Salvación, con las investigaciones y la experiencia humana, amplía y precisa el significado del dogma y amplía sus horizontes.
La Escritura y la Tradición, que se han ido revelando a lo largo de la historia, han sido iluminadas por la Historia de la Iglesia, que forma parte, o mejor dicho, comprende la historia «profana», por así decirlo, a través del estudio, la meditación, la oración y el testimonio no solo de los Obispos y teólogos, sino también de todo el Pueblo de Dios.
Ciertamente, puede considerarse un milagro intelectual que John Henry Newman hubiera comprendido y formulado esta ley de desarrollo de la Iglesia, a través y gracias a la historia, que es siempre, en su misterioso designio, la historia de Dios.
P. Joseba Kamiruaga Mieza CMF
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