La lección de la Escuela de Salamanca: dignidad y derechos de la persona
¡Bravo Santo Padre! Su referencia a la Escuela de
Salamanca en su intervención de hoy, 8 de junio, en el Congreso de los
Diputados de España ha sido de matrícula de honor.
A principios del siglo XVI se formó y se desarrolló
una cultura jurídica totalmente original, lista para expandirse por toda Europa
y que tomaba el nombre de «Segunda Escolástica», puesto que se
basaba en la Summa Theologica de Santo Tomás de Aquino y en las reflexiones
teóricas conocidas y difundidas desde hacía tiempo con el nombre de «Escolástica».
La historia del pensamiento jurídico moderno tiene una
deuda de gratitud con el pequeño grupo de profesores de la Universidad de
Salamanca. En el siglo XVI Salamanca se convirtió en un punto de referencia
fundamental para la elaboración de nuevos principios relevantes también en el
ámbito jurídico.
No debe sorprender este repentino ascenso de España
como corazón y motor impulsor de la civilización europea continental: entre
finales del siglo XV y el siglo XVII, España vivió, de hecho, un momento de
gran relevancia, de éxitos en todos los ámbitos, hasta tal punto que este siglo
pasará a la historia como “El Siglo de Oro”.
Se puede decir que España representa, en cierto
sentido, el mejor punto de observación para contemplar y comprender la Europa
de finales del siglo XV y principios del XVII, y no solo para comprender sus
acontecimientos político-económicos, sino también las cuestiones jurídicas que
se perfilan, sobre todo, en consideración a las relaciones que se entrelazan
con las poblaciones de las tierras descubiertas.
La teología fue la ciencia que despertó en este período mayor atención, pues fue la
ciencia que ofreció respuestas a los problemas derivados del choque entre las
ambiciones expansionistas y colonialistas de los Estados conquistadores y la defensa
de la mejor tradición cristiana católica hacia la dignidad y los derechos de
las personas.
Precisamente en España y precisamente en la
Universidad de Salamanca, la teología fue la ciencia soberana. La universidad
española se convirtió en el polo de atracción y el centro de concentración de
las nuevas fuerzas espirituales y de las ideas que estaban apareciendo en Europa.
Los maestros de la Escuela de Salamanca eran teólogos
de la Iglesia romana (y no juristas), en su mayoría pertenecientes a la orden
dominicana o jesuita, y se mostraron muy atentos a los fermentos del mundo
contemporáneo, tratando de dar respuesta a los tumultuosos problemas de la
época.
Ante la ruptura de la unidad cristiana, mientras
civilizaciones desconocidas se encontraban y se enfrentaban, era necesario
expresar su opinión, y la Escuela de Salamanca lo hizo elevando al ser
humano, a la persona, a punto de observación y objeto de estudio, hasta tal
punto que se puede hablar de una visión antropocéntrica para esta Escuela.
Al comentar la parte de la Summa Theologica de Santo
Tomás de Aquino dedicada al derecho, los maestros de la Escuela Salamanca
abordaron los temas de la justicia, la ley, el derecho natural, el derecho
divino y los poderes del príncipe. También tuvieron en cuenta muchas
instituciones específicas del ordenamiento normativo, como la propiedad, las
sucesiones hereditarias, los contratos individuales y la usura
Y España fue el reino en el que, antes que en ningún otro lugar, se plantearon las preguntas que surgían de la inédita ampliación del horizonte terrestre. Y en este clima, en la antigua Universidad de Salamanca emergió la figura del dominico Francisco de Vitoria (1492-1546), el teólogo que, con su reflexión sobre los fundamentos del ius gentium tomados de Santo Tomás de Aquino, dio origen a aquella llamada «Segunda Escolástica».
Se trataba de una corriente de reflexión
teológico-filosófica capaz de influir profundamente en los supuestos
legitimadores del orden jurídico, un orden llamado a otorgar estatuto jurídico
a pueblos hasta entonces desconocidos, así como a fenómenos socioeconómicos de
amplísimo alcance.
Y la directriz que constituyó la base epistemológica
del mencionado Francisco de Vitoria no parecía capaz de proporcionar todas las
respuestas y todos los marcos normativos que las cuestiones planteaban: ¿A
quién pertenecían las nuevas tierras?» ¿A quiénes? ¿De quiénes eran? ¿Qué
estatus tenían los indígenas? ¿Cómo debían regularse las relaciones, tanto por
tierra como por mar, ligadas a la competencia entre pueblos y entre Estados?
Dado que la ciencia jurídica no parecía capaz de dar
respuesta a la enormidad de los cambios, Francisco de Vitoria reivindicó el
papel primordial del teólogo-jurista, es decir, de aquel que desde la ciencia
teológica se dispone a realizar una interpretación correcta de los signos de
los tiempos y del mundo.
El jurista del derecho común parecía inadecuado para las nuevas problemáticas que surgían de los avances: su formación seguía siendo eurocéntrica y basada en la idea universal de un Imperio y de una Iglesia que se encontraban en relación dialógica con una multiplicidad de culturas que hasta ese momento les eran absolutamente desconocidas.
Es más bien el teólogo, en su calidad de intérprete
capacitado de la fe y de sus signos, quien puede —es más, debe— asumir también
el papel de jurista: es el teólogo-jurista quien es capaz de leer la Naturaleza
(esta sí, necesariamente universal) y de proponer esquemas de comprensión para
un mundo en expansión que se orientaba a la subyugación de nuevos pueblos y a
la apropiación de nuevas riquezas.
La Escuela que floreció en Salamanca a partir de las
primeras intuiciones de Francisco de Vitoria produjo una abundante cosecha de
obras de carácter filosófico, político y jurídico que tenían por objeto, entre
otras cosas, el tema recurrente de la «guerra justa», es decir, los
fundamentos que legitiman la violencia de un Estado y de un pueblo contra otro
Estado, obras de las que surgiría el futuro derecho internacional.
Cabe recordar los nombres de Diego de Covarrubias
(1512-1577), Luis de Molina (1535-1600) y Francisco Suárez (1548-1617).
Y merecen, en cambio, un lugar aparte Juan Ginés de
Sepúlveda (1490-1573) y Bartolomé de Las Casas (1474-1566), protagonistas de
una célebre disputa que los enfrentó en 1550 sobre el tema de la legitimidad de
la Conquista y sobre la condición jurídica de los indígenas y sus bienes.
Juan Ginés de Sepúlveda no albergaba dudas sobre la manifiesta
inferioridad de los indígenas, más parecidos a las bestias que a los hombres,
circunstancia que legitimaba a los conquistadores en los actos de sometimiento
violento de los que se habían hecho responsables.
A Juan Ginés de Sepúlveda se oponía el también
dominico Bartolomé de Las Casas, quien en su Brevísima relación de la
destrucción de las Indias (1522) ofrecía un relato impresionante de la
devastación causada por los españoles y de la crueldad con la que habían sido
reducidos a la condición de esclavos:
En un texto que pasó a la historia y que aún hoy
impresiona al lector, Bartolomé de Las Casas planteaba un escenario inédito e
interrogaba la conciencia de sus contemporáneos formulándoles preguntas
destinadas a perdurar: ¿con qué razones, con qué derecho los
hombres europeos llevaban a cabo la violenta sumisión de pueblos enteros, en virtud
de qué títulos jurídicos era posible apoderarse de enormes recursos en lejanas latitudes,
qué legitimación tenía una guerra devastadora contra pueblos indefensos?
Y uno recordaba aquella intervención del Papa Juan
Pablo II en la Universidad de Salamanca aquel 1 de noviembre de 1982 (cf. https://www.vatican.va/content/john-paul-ii/es/speeches/1982/november/documents/hf_jp-ii_spe_19821101_universita-salamanca.html):
“Junto
con la vuelta a las fuentes —la Sagrada Escritura y la Sagrada Tradición—
realizaron la apertura a la nueva cultura que estaba naciendo en Europa, y a
los problemas humanos (religiosos, éticos y políticos) que surgieron con el
descubrimiento de mundos nuevos en Occidente y Oriente. La dignidad inviolable
de todo hombre, la perspectiva universal del derecho internacional (ius gentium)
y la dimensión ética como normativa de las nuevas estructuras socio-económicas,
entraron plenamente en la tarea de la teología y recibieron de ella la luz de
la revelación cristiana”.
P.
Joseba Kamiruaga Mieza CMF


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